Enero 24, 2024

Trasfondo: El fuerte traspié de la tesis de Chong en el Caso Pío Nono

Jorge Poblete
La arremetida en el puente Pío Nono de octubre de 2020. (Informe pericial del Centro de Investigaciones Forenses)

La Corte de Apelaciones de Santiago reintegró a la causa las 16 fotografías del informe Gesto-Motor con el cual defensa del ex carabinero Sebastián Zamora busca refutar la teoría del caso de la fiscal Ximena Chong. Esta es, que la arremetida policial del 2 de octubre de 2020 sobre el puente Pío Nono —que terminó con el cabo impactando a un adolescente que cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho—, fue un homicidio frustrado. Con este nuevo antecedente, la fiscalía pidió realizar un procedimiento abreviado que evitaría ir a un juicio que se anticipa complejo.


Qué observar. El juez Ponciano Salles fijó para las 10 AM del próximo martes 30 de enero la audiencia de procedimiento abreviado del Caso Pío Nono, en que la fiscalía buscará evitar ir a un juicio que se anticipa complejo para la teoría del caso sostenida durante más de 3 años por la fiscal Ximena Chong.

  • Esta es, que la arremetida policial del 2 de octubre de 2020 sobre el puente Pío Nono —que terminó con el entonces cabo de Carabineros Sebastián Zamora impactando a un adolescente que cayó 7,4 metros hasta el lecho del río Mapocho—, fue un homicidio frustrado.
  • Chong la planteó en la formalización del 4 de octubre de 2020, en que describió lo ocurrido como una “arremetida que culmina con la acción homicida del imputado respecto de la víctima”.
  • “El imputado (…) se abalanza en diagonal contra el adolescente, tomándolo con sus brazos, e impulsándolo, de tal forma que lo eleva sobre la baranda en cuestión, y lo hace caer de cabeza hacia el río Mapocho”, dijo en la audiencia.
  • El joven —que hoy tiene 20 años y recibe una pensión de gracia como víctima del estallido social—, resultó con sus 2 muñecas quebradas, un tec y una contusión en la base del pulmón derecho.
  • La fiscal mantuvo esta teoría del caso en las 2 acusaciones presentadas en la causa, donde pidió 8 años de cárcel para Zamora.
  • El ofrecimiento de realizar un procedimiento abreviado —donde debe haber un acuerdo entre la fiscalía y la defensa para una pena no mayor a 5 años— ocurrió luego de que este lunes la Corte de Apelaciones de Santiago reintegrara a la causa las 16 fotografías del informe Gesto-Motor excluidas en mayo por petición de los querellantes.
  • Con ese informe de la defensa, los representantes del ex carabinero Sebastián Zamora (dado de baja por ocultar que portaba una cámara personal) buscan refutar la teoría del caso de Chong y sostener que el cabo hizo movimientos para atrapar y no para empujar al adolescente.

Los primeros reveses. La teoría del caso de la fiscalía tuvo su primer revés el 25 de mayo de 2021, cuando el juez Ponciano Salles rebajó la medida cautelar de Zamora a arresto domiciliario nocturno, sosteniendo que había “a lo menos evidencia material y existen también documentos periciales que justifican la teoría del caso de la defensa”, consignó el audio de la audiencia.

  • Zamora había pasado 5 meses recluido en una unidad policial, hasta que el 2 de marzo de 2021 el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago cambió su medida cautelar por arresto domiciliario total.
  • El segundo revés ocurrió el 2 de junio de 2021, cuando la Corte de Apelaciones de Santiago respaldó la rebaja de cautelar del juez, apoyándose en los peritajes de la defensa.
  • “Por los antecedentes dados a conocer por la defensa en esta audiencia, en lo que dice relación con el artículo 140 letra C del Código Procesal Penal, el tribunal ha determinado que la medida decretada por el juez de Garantía es la medida proporcional para garantizar los fines del procedimiento y para cautelar la seguridad de la víctima y la seguridad de la sociedad”, dijo la resolución.

El revés para Zamora. La valoración en 2 instancias de estos peritajes de la defensa —integrada por los abogados Vinko Fodic, Alejandro Peña y José Antonio Villalobos—entregaba un buen pronóstico para Zamora en la eventualidad de llegar a juicio, estimaban en el entorno del ex carabinero.

  • Esto cambió el 22 de mayo de 2023, cuando en la audiencia de preparación del juicio oral, el juez Patricio Álvarez acogió una petición de los querellantes —el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y la Defensoría de la Niñez, entre otros— de excluir uno de los informes presentados por la defensa.
  • Se trataba del informe “Gesto – Motor” firmado por el profesor de educación física y rugby Pedro Pavez.
  • El juez argumentó que se trataba de una causa penal y no de un partido deportivo, por lo que no calificaba como experto, relataron presentes en la audiencia.
  • Sí se mantuvieron como peritos el ex prefecto inspector de la Policía de Investigaciones (PDI) Gilberto Loch y la profesora de medicina legal de la Universidad de Chile Carmen Cerda, que analizaron también el caso y llegaron a conclusiones concordantes.
  • Se aceptó también que permanecieran para el juicio los videos mostrando la secuencia de hechos.

La reincorporación de la evidencia. Este lunes, la novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió reintegrar el peritaje a la causa.

  • Los ministros Marisol Rojas, señor Tomás Gray y la ministra subrogante Isabel Zúñiga revirtieron así la decisión del juez Álvarez que consideró impertinente esa prueba.
  • “(Las) 16 fotografías que emanan del referido informe Gesto – Motor, de acuerdo a la teoría de la defensa, se relacionan con la forma en que, a su parecer, se produjo la dinámica de la caída de la víctima, como consecuencia de la fuerza en el desplazamiento al correr, y los movimientos corporales”, dijo la resolución.
  • “Por ende, su deposición en el juicio oral no puede ser descartada sin más, toda vez que la defensa pretende explicar con su testimonio y las fotografías que emanan de la pericia su teoría de descargo, por lo que aparece revestida de fundamento plausible para que sea el tribunal competente el que la analice, conjuntamente con los demás medios probatorios”.
  • La Corte aceptó también reintegrar el testimonio como perito de Pedro Pavez pero mantuvo la exclusión de un testigo —el asesor en seguridad Carlos Leiva—, por considerar que el segundo efectivamente no tenía relación con la causa.
  • La resolución de la Corte se conoció luego de que el Tribunal Constitucional (TC) rechazara en diciembre el recurso de inaplicabilidad interpuesto por la defensa de Zamora por la exclusión de la prueba. El rechazo ocurrió tras producirse un empate de votos entre los ministros del TC.

La petición de fiscalía. Luego de emitida la resolución de la Corte de Apelaciones, el fiscal Francisco Ledezma ingresó el escrito pidiendo realizar un procedimiento abreviado.

  • “Habiéndose fallado por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago el recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra del auto de apertura del juicio oral, y encontrándome dentro del plazo fijado (…), solicito a S.S. se cite a todos los intervinientes a audiencia, con el objeto de discutir en la misma la tramitación de la causa conforme a las reglas del procedimiento abreviado, respecto del imputado Sebastián Nicolás Zamora Soto”, dijo el escrito del fiscal.
  • Fuentes conocedoras de la causa dijeron que la fiscalía habría ofrecido a la defensa de Zamora calificar lo ocurrido como un delito diferente del homicidio frustrado, pero lejos de las expectativas del ex carabinero. Otras fuentes vinculadas con el caso sostuvieron que se puede llegar a un acuerdo sin cambiar el delito, limitando la pena a 5 años. Las conversaciones podrían extenderse así hasta la audiencia del martes.

Lea también. Caso Pío Nono: fiscalía busca evitar ir a juicio tras revés de Chong en la Corte (lea el documento)

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